Es una de las preocupaciones de diferentes organizaciones a nivel mundial.
Reconociendo los derechos que como personas tienen los privados de la libertad, entre las reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos definidas para las Naciones Unidas, adoptadas por el Primer Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en Ginebra en 1955, se definió que: “Todo recluso recibirá de la administración, a las horas acostumbradas, una alimentación de buena calidad, bien preparada y servida, cuyo valor nutritivo sea suficiente para el mantenimiento de su salud y de sus fuerzas”.
Ibeaser una empresa especializada en la industria alimenticia, y liderada por Juan carlos Almansa, sigue al pie de la letra llas indicaciones dadas por las entes reguladores, como la FAO, la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, quien estableció la siguiente tabla nutricional apropiada para un recluso, teniendo en cuenta diferentes factores como el sedentarismo y la ansiedad. La lista se da con base en la relación: Alimento – gramos (g)/persona/día.
- Maíz, arroz, trigo o mijo: 750 g.
- Frijoles: 150 g.
- Hortalizas: 150 g.
- Maní: 100 g.
- Carne: 20 g.
- Papas: 50 g.
- Fruta: 100 g.
- Sal: 10 g.
- Aceite: 5 g.
Así mismo, no solo es necesario brindar una alimentación que responda a estándares de calidad, cantidad, nutricional y bien preparada; también debe ser servida en condiciones de higiene y suministrada en horarios regulares; y está prohibida su limitación o prohibición, según la clasificación de los derechos fundamentales de la Corte Constitucional colombiana.
Las anteriores observaciones toman más importancia teniendo en cuenta que no es un secreto que en las cárceles existen principales focos de enfermedades crónicas, como la tuberculosis y el síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA), haciendo que los reclusos con estas patologías médicas sean muy vulnerables a la malnutrición, siendo este el término que se refiere tanto a las carencias como a los excesos o desequilibrios en la ingesta de energía, proteínas y/u otros nutrientes, porque sin una cantidad suficiente de energía o nutrientes fundamentales no se puede llevar una vida sana y activa, sobre todo en las cárceles.
Bajo esta premisa, Juan Carlos Almansa, gerente de Ibeaser, ha manifestado que debe existir “preocupación y el compromiso por hacerlo mejor cada día, mezclando en las recetas procesos de innovación que tengan cabida en una focalización hacia logros comunes y bien ejecutados”.
También es importante destacar que se debe educar nutricionalmente a los reclusos, porque esto ayudará a que se tenga mejor conciencia de que los alimentos que se les están suministrando son los que necesita, debido a que existe el mito de que al ser cantidades aparentemente reducidas (por su impacto visual) se cree que están siendo mal alimentados. Por otra parte, Juan Carlos Almansa confirma que la educación es importante teniendo en cuenta que la población reclusa tiene mayor hábito deportivo y tabáquico, y sus conocimientos en nutrición son inferiores a los de la población extramural, incrementando la necesidad de enseñarles y explicarles por qué seguir la dieta aprobada y regulada por los mecanismos estatales, bajo la recomendación de proveedores expertos que están supervisados por los entes de salud.
Por todo lo anterior, es que la alimentación de las cárceles, al igual que de cualquier institución, debe contar con menús realizados por nutricionistas profesionales, que según los requerimientos sigan exigencias particulares, así lo afirma Juan Carlos Almansa, agregando que siempre debe ser con los más altos estándares de calidad en la preparación, servicio y distribución de los alimentos.